La Directiva Europea de Eficiencia Energética establece unos nuevos criterios en esta materia para las viviendas que se quieran vender o alquilar.

Los propietarios de viviendas que estén pensando en vender o en alquilar deberán estar muy atentos a la nueva normativa europea, que establece un nuevo requisito en cuando a eficiencia energética. Cumplirlo será indispensable tanto para poder firmar una escritura de compraventa como para poder hacer un contrato de alquiler.

Hasta la fecha bastaba con tener en vigor dicho certificado para poder hacerlo. Este documento califica el estado de la vivienda basándose en el consumo de energía y el nivel de emisiones de dióxido de carbono. Para ello asigna una letra, de la A, a la G estableciendo en función del estado en el que se encuentra.

Este nuevo requisito para poder vender o alquilar una vivienda se empezará a exigir en 2030, y para ello muchas viviendas deberán ser reformadas. Y es que ya no bastará con el tener el mencionado CEE, sino que habrá que tener asignada una letra específica.

A partir de 2030 las viviendas deberán tener al menos una etiqueta con calificación E y a partir de esta fecha se seguirá endureciendo, hasta que se exija tener una calificación D en 2033.

En caso de no cumplir el nuevo requisito, la vivienda deberá ser reformada. Un estudio de Idealista señala que el 51,2% de las viviendas en España tiene 40 años o más, lo que implica que el parque de viviendas está envejecido y habrá muchos inmuebles que no consigan la calificación necesaria para ser vendidos o alquilados. Para poder afrontar este gasto, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana tiene disponibles una serie de ayudas para rehabilitación de las mismas.

Estas ayudas para rehabilitación no vienen en forma de aportación económica, sino que se trata de una serie de deducciones que varían en función del ahorro energético conseguido, y que en los casos de personas en una situación de vulnerabilidad económica puede llegar el 100%.

En el resto de casos, las deducciones que pueden obtenerse son las siguientes:

  • 20% con un máximo de 5.000 euros si se reduce en un 7% la demanda de calefacción.
  • 40% con un máximo de 7.500 euros si se reduce el consumo en un 30% o se obtiene una eficiencia energética A ó B.

En el caso de las comunidades de vecinos, la deducción puede ser de hasta el 60% con un máximo de 15.000 euros. Para solicitarlas habrá que acudir a la Oficina de Rehabilitación de cada comunidad autónoma e iniciar allí los tramites.

Además de la mejora de la eficiencia energética, todos  tipos de reformas pueden aumentar considerablemente el valor de tu inmueble, aumentando la confianza del comprador en el momento de elegir una vivienda.

 

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